Una vez que se publican los resultados de la prescripción, debes iniciar tu matriculación en la universidad en la que has sido admitido. Este proceso suele estar abierto desde mediados de julio.
Toda la información necesaria la encontrarás en lo que se ha venido en llamar “el sobre de matricula” que podrás recoger en la secretaria de la facultad o escuela donde vas a matricularte y que será también el lugar donde debes entregar toda la documentación requerida, aunque existen otras modalidades.
En la publicación de los resultados de la preinscripción suelen indicarse las referencias (fechas, sobre de matricula, impresos, u otros datos) que debes conocer y tener en cuenta para todo el proceso. En todo caso, siempre los podrás consultar en la Web de la universidad o en el servicio de alumnos de la que ya es tu universidad.
Además, habrá algunas cuestiones que debes tener en cuenta:
• Debes abonar en tu universidad (es decir donde hiciste tu selectividad por corresponder a tu bachillerato) los derechos de remisión de la correspondiente certificación académica oficial justificativa para su envío a la Universidad donde has sido admitido
• La fecha y hora en la que puedes formalizar la matricula (si es presencial), el aula informática donde puedes hacerla (auto matricula) o el procedimiento para realizarla a través de Internet, así como los documentos que debo adjuntar. Habrá alumnos que lo harán en junio y otros en septiembre
• Si te matriculas en otra universidad distinta a la que te ha hecho la selectividad deberás hacer el traslado de expediente a la nueva universidad
• Será normal que se te facilite información general sobre la institución (derecho y deberes del alumno) así como algunas referencias a la vida en la universidad y a los procedimientos de actuación. También es normal que ya se facilite otras informaciones tales como agenda, guías de servicios de la universidad, cuadro de horarios y asignaturas, profesores…
Generalmente suele haber 3 modalidades o convocatorias de prescripción :
- Anticipada = convocada por cada comundidad autónoma para los estudiantes que realicen la PAU en las universisades de dicha comunidad antes de la realización de la propia PAU.
- Ordinaria= fijada por la conferenciua general de la política universitaria dentro de los limites antes citados y una vez conocidos los resultados de la PAU.
- Extraordinaria= para el alumnado que supere la selectividad en la segunda convocatoria, en función de las plazas que hubieran quedado vacantes tras la primera fase.